CONVOCATORIA 2026 DE LA CONCEJALÍA DE PARTICIPACIÓN CIUDADANA PARA LA CONCESIÓN DE SUBVENCIONES A ASOCIACIONES SIN ÁNIMO DE LUCRO EN MATERIA DE ACTIVIDADES, PROGRAMAS Y MANTENIMIENTO

 

 
Extracto núm. 212974 de la convocatoria 2026 de la Concejalía de Participación Ciudadana para la concesión de subvenciones a asociaciones sin ánimo de lucro en materia de actividades, programas y mantenimiento, aprobada en Junta de Gobierno Local de 27 de mayo de 2026.
BDNS (Identif.): 908482.


De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones
https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/908482


Primero. Beneficiarios.
Podrán obtener las ayudas que se gestionan a través de la presente convocatoria y bases, las asociaciones sin ánimo de lucro del municipio de Dos Hermanas, que se encuentren debidamente inscritas en el Registro de Asociaciones municipal con un mínimo de un año de antigüedad, anterior al de la presente convocatoria. Del mismo modo, todas las entidades solicitantes habrán de cumplir con los requisitos previstos en la Ordenanza General Reguladora de la Concesión de Subvenciones.
Podrán presentarse a esta convocatoria todas las entidades sin ánimo de lucro a las que va dirigida la presente, incluidas aquellas que hayan resultado beneficiarias de alguna cuantía en la convocatoria anterior. En cualquier caso quedan expresamente excluidas de esta convocatoria de subvenciones aquellas entidades sin ánimo de lucro que para el presente año tengan convocada alguna ayuda específica, especialmente clubes deportivos, asociaciones vecinales, asociaciones de igualdad y AMPAS, así como las que sean beneficiarias de una subvención de carácter nominativo, haya mediado o no la firma del correspondiente convenio. No se aplicará esta excepción a las Asociaciones y Organizaciones de Cooperación internacional al Desarrollo, que quedan expresamente incluidas en esta convocatoria.


Segundo. Objeto.
Se otorgarán con el fin de contribuir a los gastos derivados del desarrollo de actividades y programas de carácter cultural, de ocio, de promoción de la salud, educativas, de promoción del desarrollo económico, de protección animal, solidarias para con la comunidad, así como para la promoción y difusión de las mismas, y que sean de interés para las personas asociadas y/o la población en general.
Se entenderá como sede aquella en la que la asociación tiene su domicilio, que no se desarrollen actividades diferentes a las recogidas en el objeto social de sus estatutos, que no suponga un domicilio particular ni se desarrolle actividad lucrativa alguna.
Cuando la sede sea compartida se contemplarán las diferentes actividades sociales de cada una de las entidades de un mismo domicilio social. En caso de que éstas compartan gastos cada asociación podrá justificar los mismos en el tanto por ciento que hayan acordado entre ellas.


Tercero. Bases reguladoras.
Las Bases reguladoras de las subvenciones de participación ciudadana para asociaciones sin ánimo de lucro publicadas en https://sede.doshermanas.es/sta/docs/GetDocumentServlet?CUD=16344152617507413324&HASH_
CUD=3c136f92aabd7e4d7c5052fde1518a740bb3147e&APP_CODE=STA
Cuarto. Cuantía.
La cuantía total de las subvenciones no podrá superar la cantidad de 82.000,00 €, de acuerdo con la consignación presupuestaria
existente en la partida 9240 48902 En todo caso, la aprobación de este gasto, y la consiguiente concesión de las subvenciones, quedará
condicionada a la existencia de crédito adecuado y suficiente en el mismo para hacer frente a dichos gastos.
La subvención concedida a cada entidad beneficiaria no podrá ser superior de la cuantía total del proyecto presentado ni a la cantidad de 2.875,00€.


Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.
El plazo de presentación será de 20 días hábiles a contar desde el día siguiente a su publicación en el «Boletín Oficial» de la provincia.


Sexto. Otros datos.
La presentación de la solicitud será conforme al modelo de anexo I y II directamente en el Registro General del Ayuntamiento o por cualquiera de los medios establecidos en el art. 16.4 de la Ley 39/2015 de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Dos Hermanas a 27 de mayo de 2026.—La Secretaria, María del Carmen González Serrano.

 

 

Concejalías