COMUNICACIONES PREVIAS PARA CAMBIOS DE TITULARIDAD O TRANSMISIÓN DE LICENCIAS URBANÍSTICAS Y DECLARACIONES RESPONSABLES

OBJETO

Las licencias urbanísticas y las declaraciones responsables serán transmisibles, debiendo adquirente y transmitente comunicarlo al Ayuntamiento, sin lo cual quedarán ambos sujetos de forma solidaria a las responsabilidades derivadas de la actuación.

DOCUMENTACIÓN NECESARIA

La comunicación de cambio de titularidad o transmisión de licencias urbanísticas o declaraciones responsables deberá realizarse en el modelo normalizado y se acompañará de la documentación que en el mismo se indica.

En la comunicación se indicará la licencia o declaración responsable que se pretende transmitir.

La notificación del titular anterior podrá ser sustituida por el documento público o privado que acredite la transmisión «intervivos» o «mortis causa» de aquéllas, o bien de la propiedad o posesión del inmueble, siempre que dicha transmisión incluya la de la licencia o la declaración responsable.

En caso de que el objeto del medio de intervención administrativa sea la ejecución de obras se precisará que, en la comunicación al Ayuntamiento, el adquirente se comprometa a ejecutar las obras conforme al contenido de la licencia concedida o la declaración responsable y, en su caso, al proyecto presentado que le sirve de cobertura.

EFECTOS

La comunicación previa no constituye una autorización administrativa, sino únicamente la transmisión de la información correspondiente a efectos del conocimiento de la Administración y de posibilitar la intervención mediante el control posterior, sin perjuicio de las facultades de inspección.

En ningún caso se entenderán adquiridas por comunicación previa facultades en contra de la legislación o el instrumento de ordenación territorial o urbanística de aplicación.

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