Impreso

Solicitud de fraccionamiento o aplazamiento

Nombre del procedimiento

Fraccionamiento o aplazamiento de liquidaciones

Oficina tramitadora

Administración de Rentas y Exacciones

Ayuntamiento de Dos Hermanas

Pl. de la Constitución, 1

Telf. 954919509

Horario de atención al público: de lunes a viernes, de 9 a 14 horas.

Normativa aplicable

  • Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria. (Artículos 65 y 82)
  • Real Decreto 939/2005, de 29 de julio, por el que se aprueba el Reglamento General de Recaudación. (Artículos 44 a 54)
  • Presupuesto Municipal. Bases de ejecución (Base 26 a 31)

 Descripción del procedimiento

Se inicia a instancia del sujeto pasivo, en calidad de contribuyente, mediante la presentación en el Registro General del Ayuntamiento, a través de las dependencias municipales o por los medios previstos en el Artículo 16 de la Ley 39/2015 del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. 

Una vez tramitada, el Ayuntamiento comunicará al interesado en su domicilio el detalle del fraccionamiento concedido, según tabla de amortización que se le adjunta, o bien la denegación del mismo.

Condiciones generales

  • Serán aplazables o fraccionables todas las deudas tributarias tanto en periodo voluntario como ejecutivo, siempre y cuando en este último caso no haya sido remitida la deuda para su cobro al OPAEF.
  • Solo se podrán fraccionar deudas por importe igual o superior a 100 €
  • La cuota no podrá ser inferior a 30 €
  • Será obligatoria la domiciliación bancaria de la deuda.

 Plazos

 

Hasta 3 meses

Tasa por la realización de actividades administrativas para el inicio del ejercicio de actividades.

Previo a la presentación de la solicitud sobre la actividad deberá:

   1º Solicitar fraccionamiento

   2º Ingresar primer plazo

Hasta 6 meses

Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras.

Previo a la presentación de la solicitud urbanística deberá:

   1º Solicitar fraccionamiento

   2º Ingresar primer plazo

Hasta 12 meses

Deudas de vencimiento periódico y notificación colectiva

Hasta 36 meses

Deudas entre 100 € y 18.000 €

Hasta 48 meses

Deudas superiores a 18.000 €

Documentación a aportar

 

PERSONAS FÍSICAS

PERSONAS JURÍDICAS

Hasta 24 meses y menos de 18.000€

Solicitud debidamente cumplimentada

Solicitud debidamente cumplimentada

Más de 24 meses

O

Desde 18.000€ y hasta 30.000€

(además)

IRPF (una de las siguientes opciones)

   - Copia completa última declaración presentada

   - Certificado de no estar obligado a presentar

   - Autorización para consultarla

Última declaración del Impuesto de Sociedades presentada

Más de 30.000€

(además)

Garantía de la deuda

(una de las siguientes opciones)

   - Aval solidario de entidad de crédito o sociedad de garantía recíproca

   - Certificado de Seguro de caución

Garantía de la deuda

(una de las siguientes opciones)

   - Aval solidario de entidad de crédito o sociedad de garantía recíproca

   - Certificado de Seguro de caución

 

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