CONVOCATORIA 2026 DE LA CONCEJALÍA DE PARTICIPACIÓN CIUDADANA PARA LA CONCESIÓN DE SUBVENCIONES A ASOCIACIONES VECINALES.

 

 

 Extracto núm. 212973 de la convocatoria 2026 de la Concejalía de Participación Ciudadana para la concesión de subvenciones a asociaciones vecinales, aprobada en Junta de Gobierno Local de 27 de mayo de 2026. BDNS (Identif.): 908473.


De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/908473


Primero. Beneficiarios:
Podrán obtener las ayudas que se gestionan a través de la presente convocatoria, las asociaciones vecinales del municipio de Dos Hermanas, que se encuentren debidamente inscritas en el Registro de Asociaciones Municipal con un mínimo de un año de antigüedad, anterior al de la presente convocatoria, del mismo modo, todas las entidades solicitantes habrán de cumplir con los requisitos previstos en la Ordenanza General Reguladora de la Concesión de Subvenciones.


Segundo. Objeto:
Se convocan para el ejercicio de 2024, en régimen de concurrencia competitiva, subvenciones a asociaciones vecinales que estén inscritas en el Registro Municipal de Dos Hermanas, con el fin de promocionar actividades sociales, educativas, culturales, de ocio y cultura emprendedora, de promoción de la salud y la protección animal, así como colaborar en con el sostenimiento de sedes sociales.


Tercero. Bases reguladoras:
Las Bases reguladoras de las subvenciones de participación ciudadana para asociaciones vecinales publicadas en https://sede.doshermanas.es/sta/docs/GetDocumentServlet?CUD=16344152003440145271&HASH_ CUD=ac255c81d3cc15cb242788efa36fb6811cae7020&APP_CODE=STA


Cuarto. Cuantía:
La cuantía total de las subvenciones no podrá superar la cantidad de 50.000,00 €, de acuerdo con la consignación presupuestaria existente en la partida 9240 48902 En todo caso, la aprobación de este gasto, y la consiguiente concesión de las subvenciones, quedará condicionada a la existencia de crédito adecuado y suficiente en el mismo para hacer frente a dichos gastos. La subvención concedida a cada entidad beneficiaria no podrá ser superior de la cuantía total del proyecto presentado ni a la cantidad de 3.000,00€.


Quinto. Plazo de presentación de solicitudes:
Las solicitudes habrán de presentase en el plazo de 20 días hábiles a contar desde el día siguiente al de la publicación en el BOP.


Sexto. Otros datos:
La presentación de la solicitud será conforme al modelo de anexo I y II directamente en el Registro General del Ayuntamiento o por cualquiera de los medios establecidos en el art. 16.4 de la Ley 39/2015 de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Dos Hermanas a 27 de mayo de 2026.—La Secretaria, María del Carmen González Serrano.

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