Información sobre Sanidad Ambiental

Información Virus del Nilo

REGISTRO MUNICIPAL SOBRE TORRES DE REFRIGERACIÓN Y CONDENSADORES PARA LA PREVENCIÓN LEGIONELLA. 

Los titulares de las torres de refrigeración y condensadores están obligados a notificar al Ayuntamiento dichas instalaciones, en el plazo de un mes desde su instalación. Dentro de las medidas de control y vigilancia higiénico-sanitaria de instalaciones de riesgo en la transmisión de la Legionelosis. (Decreto 287/2002 de 26 de noviembre. Anexo BOJA 144 fecha 7-12-2002).

PREVENCION LEGIONELLA EDIFICIOS E INSTALACIONES MUNICIPALES.

La prevención de legionelosis en edificios e instalaciones municipales se basa en un enfoque integral que incluye la eliminación de zonas sucias, el control de la temperatura del agua y la adopción de medidas preventivas. Las instalaciones que utilizan agua y generan aerosoles están obligadas a cumplir con requisitos específicos para prevenir la proliferación de Legionella. Esto incluye la implementación de un Plan de Prevención o un Plan Sanitario frente a la Legionella, la realización de controles analíticos periódicos, la limpieza programada y la mantención de un registro documentado de todas las acciones realizadas. Las autoridades sanitarias municipales realizan inspecciones oficiales para verificar el cumplimiento de estas normativas y asegurar que las instalaciones de agua fría de consumo humano y agua caliente sanitaria cumplen con los requisitos establecidos.

PREVENCION Y TRATAMIENTOS PLAGAS EN VIARIOS, ESPACIOS PÚBLICOS, INSTALACIONES  Y EDIFICIOS PÚBLICOS.

El área de Salud Ambiental es responsable de la vigilancia, prevención y control de plagas y/o vectores en Dos Hermanas. Estas actuaciones son realizadas en base a programas de salud pública planificados y/o como intervenciones puntuales consecuencia de avisos o notificaciones.

Como soporte necesario de los programas de lucha frente a plagas, el ayuntamiento de Dos Hermanas participa en actividades encaminadas a la educación, información y concienciación ciudadana en materia de conservación (corresponsabilidad) del medio ambiente urbano, conservación diligente de edificaciones y propiedades y divulgación científico técnica en aspecto de su competencia.

 Para cumplir con el Decreto 8/1995  de 24 de enero, Reglamento de Desinfección, Desinsectación y Desratización sanitaria.

 Los particulares empresarios/as, propietarios de instalaciones comerciales, industriales, edificios, etc., han de presentar en el Ayuntamiento de Dos Hermanas los documentos acreditativos de la diagnosis y certificación de tratamientos (Desinsectación, Desratización y Desinfección) realizados por una empresa autorizada. 

Concejalías